Publicidad y libertad de expresión: comentario a la sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, pleno de 15 de enero de 2010 01 de diciembre de 2010 Artículos doctrinales PUBLICIDAD Y DERECHO La libertad de empresa reconocida en nuestro ordenamiento por el art. 38 de la Constitución lleva aparejada en alguna medida la facultad de realizar manifestaciones acerca del objeto social o la actividad económica desarrollada por un empresario, pues no existe libertad de empresa sin posibilidad de exteriorizar la actividad económica que conforma el núcleo duro de aquélla: la libertad de mercado conlleva necesariamente el derecho del empresario a invertir recursos para proporcionar información al consumidor con la finalidad de que éste último discierna e identifique el abanico de ofertas que se le presentan.